El TSJ de Andalucía considera accidente laboral el asesinato de un autónomo a manos del marido de su empleada

2019-06-09 0:00:00

Según leemos en Prevención Integral, la Sala considera que lo ocurrido fue consecuencia directa e inmediata del trabajo, ya que cuando ocurrieron los hechos el trabajador se encontraba en lugar y tiempo de trabajo y estima aplicable el art. 115 de la LGSS de 1994 -actual art. 156- que establece que no impedirá la calificación de un accidente como de trabajo la concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo.

Salud laboral,Práctica jurídica,Criminología